Resumen: Red dedicada al transporte en buques de cocaína a España procedente de Sudamérica, camuflada entre mercancía lícita, para su posterior distribución y venta. Actuación de los agentes encubiertos realizada cumpliendo las garantías procesales. Inexistencia de provocación delictiva. Intervenciones telefónicas y telemáticas precedidas del correspondiente oficio policial que justificaba la necesidad de aquéllas, así como del oportuno informe del Ministerio Fiscal: ausencia de irregularidades. Secreto de las actuaciones acordado con las debidas formalidades. Admisibilidad de dictamen pericial realizado por un solo perito. Incompetencia objetiva: n puede estimarse al realizar los hechos uno de los acusados cuando había alcanzado la mayoría de edad. Delito de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud -cocaína-, en cantidad de notoria importancia, cometido en el seno de una organización delictiva y perpetrando conductas de extrema gravedad, consistentes en la simulada realización de operaciones de comercio internacional entre empresas o por redes internacionales dedicadas a este tipo de actividades. No concurrencia de la tentativa y de la complicidad.
